Somos una Institución adscrita de servicio social que trabaja con el fin de mejorar la calidad de vida y desarrollo humano de los sectores de atención prioritaria del Cantón Shushufindi. Considerando el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral en salud, salud sexual, salud psicológica y salud reproductiva
Basados en la Constitución de la República del Ecuador del 2008, y en consecución de actividades que coadyuven el beneficio a la colectividad del cantón Shushufindi, el Gobierno municipal tiene a bien aplicar iniciativas de Responsabilidad Social, basados en los siguientes Artículos 276 y 277.
El régimen de desarrollo tendrá los objetivos dirigidos a:
Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidades y potencialidades de la población en el marco de los principios y derechos que establece la Constitución.
- Fomentar la participación y el control social, con reconocimiento de las diversas identidades y promoción de su representación equitativa, en todas las fases de la gestión del poder público.
- Promover un ordenamiento territorial equilibrado y equitativo que integre y articule las actividades socioculturales, administrativas, económicas y de gestión, y que coadyuve a la unidad del Estado.
- Proteger y promover la diversidad cultural y respetar sus espacios de reproducción e intercambio; recuperar, preservar y acrecentar la memoria social y el patrimonio cultural.
Igualmente para la consecución del buen vivir se considerará:
- Garantizar los derechos de las personas, las colectividades y la naturaleza.
- Dirigir, planificar y regular el proceso de desarrollo.
- Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos.
- Igualmente respaldados en los artículos 6 y 32, en los cuales indica:
La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.
El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral en salud, salud sexual, salud psicológica y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.